“Por su propia naturaleza y características persiguen un resultado indirecto y futuro”, por lo que pueden correlacionarse con los ingresos, según la Corte Suprema.
La Corte Suprema (TS) afirma que gastos de relaciones públicas con clientes y proveedores, promocionales y regalos a los clientes o para los empleados de la empresa son deducibles en el Impuesto corporativo. La sentencia contraviene la c
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Esta nota es parte de la red de Wepolis y fué publicada por Ernesto Calderon el 2021-07-09 17:22:14 en:
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