Este miércoles, mediante sentencia judicial, en Ecuador Por primera vez, la posibilidad de Un paciente terminal recurre a la eutanasia.. A su vez, la Corte ecuatoriana fue más allá: otorgó al Ministerio de Salud dos meses para preparar un Reglamento sobre la eutanasia activa. y seis meses a la Defensoría del Pueblo para preparar una factura que lo regula y que el Congreso debe debatir y aprobar en un período de un año.
La decisión tomada por el Tribunal Constitucional de ese país se produce luego de una dura batalla judicial enfrentado por Paola Roldán, una mujer de 43 años que padece esclerosis lateral amiotrófica (LA A).
La enfermedad de Roldán inutiliza progresivamente sus músculos y le hace necesitar asistencia de oxígeno y personal especializado las 24 horas del día. Además, sólo puedes alimentar por vía intravenosa.
En agosto 2023la mujer había presentado un demanda pidiendo la inconstitucionalidad del artículo 144 del Código Penal de Ecuador, que penaliza el homicidio y establece una pena de 10 a 13 años de prisión para quien lo cometa. La eutanasia, como tal, no fue incluida como causa de inimputabilidad o inculpabilidad en el derecho ecuatoriano.
En su fallo, el máximo tribunal de garantías del Ecuador declaró la «constitucionalidad condicionada» por la muerte asistida de Roldán, aunque estableció que un médico debe realizar el procedimiento y que ella debe expresarla consentimiento inequívoco, libre e informado o, si no puede informarlo, deberá hacerlo a través de su representante.
Otro requisito establecido por la Corte es que el paciente sufrir un sufrimiento intenso causado por una lesión que necesariamente debe ser corporal, grave e irreversible o por una enfermedad que sea grave e incurable.
Roldán también afirmó en su reclamo que una muerte digna Es un derecho de “quienes padecen y han padecido enfermedades graves o incurables”. y deciden “libre y voluntariamente poner fin a su vida” para detener “un intenso dolor o sufrimiento físico o emocional”.
En una declaración que dio en noviembre a través de Internet, la mujer había dicho a los jueces: “Semana tras semana soy testigo consciente de cada facultad que estoy perdiendo”.
Hasta el dictado de esta sentencia, la eutanasia no era legal en Ecuador, aunque sí se contemplaba la “eutanasia pasiva”, es decir, la posibilidad de que un familiar toma la decisión de desconectarse el equipo que mantiene vivo a un paciente.
«Varias veces pensé que no iba a poder ver los frutos de este pleito, como quien planta un árbol para que otro se siente bajo su sombra», había escrito Roldán el viernes en su Twitter, mientras aún se dictaba una resolución. esperado.
Varias veces pensé que no podría ver los frutos de esta exigencia, como quien planta un árbol para que otro pueda sentarse bajo su sombra.
Pero he sobrevivido y ahora quiero ver si por las venas de este país corre la sangre de la justicia y la humanidad, o si seguimos en retrógrado… https://t.co/jr51X9Gx2T
— Paola Roldán Espinosa (@PaolaRoldanE) 2 de febrero de 2024
Ahora corresponderá al Ministerio de Salud preparar un Reglamento sobre la eutanasia activa.por lo que el Tribunal le concedió dos meses.
La Defensoría del Pueblo, por su parte, tendrá seis meses para preparar una factura que lo regula. La Asamblea Legislativa debe debatir y aprobar este proyecto dentro de un año.
Eutanasia en Argentina
En nuestro país la muerte asistida No se permitea pesar de si existe la ortotanasiaque es lo que se conoce como eutanasia pasiva: no someter a un paciente a prolongar su vida cuando esto es médicamente inútil.
La ley que autoriza esta práctica en nuestro país es la 26.742 y surgió en el año 2012, Del caso de Camila López que era más que dos años en la sala de cuidados paliativos de un hospital, ingresado en estado vegetativo.
Según esta ley, el mismo paciente, en estado de lucidez pero sabiendo que padece una enfermedad terminal e irreversible, puede Rechazar procedimientos quirúrgicos, reanimación. artificial o incluso preguntar que se le retiren las medidas de soporte vital cuando sean extraordinarios o desproporcionados con respecto a las perspectivas de mejora o produzcan sufrimiento desproporcionado.
también puede ordenarle al médico que deje de tratarlee incluso dejar de alimentarlo e hidratarlo cuando esto sólo sirve para prolongar su tiempo en un estado terminal irreversible o incurable.
En el resto de América Latina Sólo Colombia despenalizó la eutanasia.en 1997. Uruguay y Chile aún discuten proyectos en este sentido, mientras que en México ahí está la llamada ley de la «buena muerte»«, que autoriza al paciente o a su familia a solicitar que no se prolongue la vida por medios artificiales.
Esta nota es parte de la red de Wepolis y fué publicada por Vicente Vicente Rodriguez el 2024-02-08 01:24:29 en:
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